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VENEZUELA: RADIOGRAFIA DE UN ASALTO

POR ALBERTO QUIROS CORRADI

La confiscación de nuestros derechos ciudadanos no empezó -como pudiera suponerse- el martes 24/02/04 en la tarde. Empezó cuando la Coordinadora Democrática (CD) le dio apoyo total al Consejo Nacional Electoral (CNE, a fin de facilitar su labor. Luego éste decidió promulgar unas normas para la recolección de firmas, necesarias para que se convocara a un Referendo Revocatorio del Presidente de la República (RR), de casi imposible cumplimiento. Continuó cuando los tres rectores del oficialismo, por una parte daban un discurso de respeto democrático a la voluntad ciudadana, mientras que por otra, pasaban la aplanadora una y otra vez en decisiones tres a dos en el directorio del CNE. Por cierto, Dr. Carrasquero, dígale públicamente a los venezolanos ¿cuántas veces votó usted, que se suponía el fiel de la balanza electoral, a favor de la posición de los rectores Zamora y Mejías?.

Salvado los obstáculos del Reafirmazo e iniciado el proceso de validación de las firmas, los primeros 12 Estados revisados, señalaban una inequívoca tendencia hacia un amplio resultado favorable a la oposición (Aproximadamente 2.660.000 firmas válidas). En ese momento se “descubrió” el argumento de la planilla “plana” que resultó en que nos escamotearan a los ciudadanos más de 700 mil firmas. Lo cual puede reducir este total a 1.960.000 firmas validas. Unas 500 mil firmas por debajo de las necesarias (aclaro que estas son cifras optimistas). Pero, como el oficialismo ha organizado a un ejercito de “impugnadores” profesionales, es de suponer que de las firmas validadas puedan “eliminar” otras 100 mil. Esto obligaría a la oposición -si aceptara ir a un proceso de reparo- a validar 600 mil firmas en 5 días, mediante un procedimiento engorroso y enfrentada a la terca voluntad del gobierno de no celebrar el RR a como de lugar.

Este asalto descarado viola:

- El derecho a la defensa de los ciudadanos. “...reitera nuevamente esta Sala que la violación del derecho a la defensa se produce cuando los interesados no conocen el procedimiento que pueda afectarles”. (Sentencia del 04/07/00, Nro. 01541, Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente. Carlos Escarrá).

- El Aparte 5 del Artículo 29 del Reglamento sobre Referendos (Resolución Nro. 030325-465 del 25/09/03) dice textualmente que las firmas no se considerarán validas si “se determina que más de una firma proviene de la misma persona”. No dice que esa misma persona tenga que llenar personalmente sus datos en la planilla.

- El Artículo 49 de la Constitución Nacional dice “toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”. El Artículo 216 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política establece que “será nula toda elección: cuando hubiese habido fraude, cohecho, soborno o violencia en la formación del Registro Electoral, en las votaciones o en los escrutinios... En estos casos, el denunciante deberá acompañar los elementos probatorios que fundamenten su impugnación”.

- Urosa Magi y J.I. Hernández comentan que “ahora bien, ha sido pacífica la tendencia jurisprudencial en considerar que la (declaración de fraude) requiere de la incuestionable verificación de sus supuestos de procedencia, a los fines de preservar la estabilidad de la voluntad popular, manifestada y, en último caso, del sistema democrático”. (Estudio Analítico de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Ediciones Funeda. Caracas. 1998).

- En Sentencia del TSJ de la Sala Constitucional del 29/11/2002, el Magistrado Jesús Eduardo Cabrera, explicó “en lo que toca a la carga de la prueba... la carga procesal le corresponde a quien alega a su favor el efecto jurídico de la falsedad, es decir, a quien formaliza la tacha e imputa falsedades al instrumento”.

- El rector, Jorge Rodríguez, en intervención televisada mostró 3 planillas, cuyas firmas parecían provenir de la misma letra y explicó que “eso” le había producido una “duda razonable” sobre la validez de las llamadas planillas “planas”. Lo primero que hay que comentar es que, nadie pone en duda que firmas estampadas comprobadamente con la misma letra, deben ser invalidadas (Artículo 29, Aparte 5 del Reglamento sobre Referendos). Lo que no aceptamos es que se invaliden firmas estampadas de diferentes caligrafías porque los datos de los firmantes hayan sido llenados por caligrafías iguales. En cuanto a la “duda razonable”, permítame recordarle Dr. Rodríguez que además de todas las Sentencias y opiniones ya citadas, está el Artículo 1399 del Cogido Civil que establece que: “Las presunciones que no estén establecidas por la Ley quedarán a la prudencia del Juez, quien no debe admitir sino las que sean graves, precisas y contundentes y solamente en los casos en que la Ley admite la prueba testimonial”. Su “duda razonable”, Dr. Rodríguez, está muy lejos de cumplir con los estrictos requisitos señalados en la Ley para presumir fraude.

En resumen. La decisión del CNE de enviar a “reparos” las planillas asistidas es inconstitucional, ilegal e inmoral.

- Viola el principio de la presunción de inocencia.

- Viola el derecho a la defensa.

- Viola el derecho ciudadano de estar informado sobre los requisitos de un proceso antes de que éste se inicie.

- Cambia las reglas después de iniciado el proceso.

- Invierte el peso de la prueba (Somos culpables y debemos probar nuestra inocencia).

- Presume fraude sin aportar pruebas “precisas y contundentes”.

- Confisca derechos ciudadanos consagrados en la Constitución y las Leyes de la República, con el claro propósito de impedir la celebración de un referendo, cuyo resultado pudiera ser la revocatoria del mandato presidencial. “Eso” es inmoral.

Dr. Carrasquero, usted impartió clases de derecho. La pregunta es ¿quién se las dio a usted?.

¿QUÉ HACER?

Los problemas complejos se manejan en base a dos variables. 1) Información confiable y suficiente. 2) Análisis de opciones.

1) Información confiable y suficiente. Hoy domingo, 29/02/04, se espera que el CNE de el veredicto final sobre el número de firmas que ha considerado válidas y aquellas que hayan sido sujetas a reparos, incluyendo –si fuera el caso- las llamadas firmas asistidas o “planas”. Solo entonces conoceremos con exactitud la magnitud del asalto que pudieran haberle hecho a la voluntad popular. Tampoco conocemos con claridad las normas que regirán el proceso de los reparos. Número de centros a los cuales podrían acudir los ciudadanos. Días y horas disponibles. Requisitos de identificación. Proceso de validación del reparo. Testigos. Participación de los observadores internacionales, etc.

La CD tiene muy claro el derecho que le asiste para luchar por la validación sin reparos y sin “observación” de las llamadas planillas “planas”. Pero hasta ahora, no hay ni en lo normativo ni en lo cuantitativo información oficial suficiente para apreciar la magnitud del problema que tendremos que enfrentar.

2) Análisis de opciones. Hay opciones que no pueden analizarse todavía, con profesionalismo. Sin embargo, hay acciones que pueden adelantarse a todo evento. Partimos de dos macro-escenarios. Escenario I: “Alcanzan las firmas para que el CNE convoque a un Referendo Revocatorio”. Escenario II: “No alcanzan las firmas”.

Escenario I: Alcanzan las firmas para que el CNE convoque a un Referendo Revocatorio.

La oposición tendría que asegurarse que en el proceso de reparos no le invaliden las firmas que ya obtuvo. Diseñar la campaña para ganar el RR y solucionar problemas de información a la ciudadanía como Proyecto País. Acuerdo de Gobernabilidad. Mecanismos para seleccionar a un candidato presidencial único y tipo de gobierno post-Chávez.

Escenario II: No alcanzan las firmas.

- Tendremos que conocer las razones por las cuales fueron “reparadas” tantas firmas. Si la razón -es como ya parece evidente- la inclusión en los reparos de las firmas asistidas (planas) el problema será resolver entre el pragmatismo y los principios. (Decisión difícil, aunque no tanto, si la premisa es que este es un CNE tramposo que impedirá –a todo evento- cualquier posibilidad de obtener el número de firmas necesarias para convocar a un RR).

En mi opinión el RR no se pierde automáticamente porque el CNE declare que no se hayan obtenido las firmas necesarias para su convocatoria. Debemos:

- Acudir a la Sala Electoral del TSJ impugnando la decisión del CNE. Razones jurídicas sobran. Y para aquellos que opinan que esto es una gestión inútil, por “saber” cual será su decisión, insisto en que hay que presionar a los magistrados para que incurran en el costo de promulgar una Sentencia “mamarracha” y vivir el resto de su vida con esa decisión. No se debe permitir que pasen agachados.

- Insistir en la proposición de la OEA de hacer un muestreo de las llamadas firmas “planas” para validar su autenticidad.

- Apoyar el Comunicado del Grupo de Amigos, que recomienda que 1) Las firmas se validen tomando en cuenta la intención del ciudadano. 2) Que el proceso de reparos sea transparente y 3) Que esté dentro de las normas para la validación promulgada por el CNE antes del comienzo del proceso de revisión de firmas.

- Insistir ante la OEA que se pronuncie inequívocamente sobre la ilegalidad del trato discriminatorio que se le hubiera podido dar a las firmas asistidas (planas).

- Promover protestas, manifestaciones de calle y acciones regionales con participación de los partidos políticos, ONG’s. Gobernadores y alcaldes. Gremios, sindicatos, ciudadanos de “a píe”, etc.

Por último y, aunque suene reiterativo, el mensaje más importante a transmitirle a los ciudadanos es que la decisión que tome hoy el CNE (o cuando la tome), aunque sea negativa, no mata al RR, ni deja a la oposición desasistida. “El juego termina cuando termina”. Y a “este” le quedan todavía muchos “innings” sin completar.

Animo y optimismo. Llegó la hora de la cabeza fría y los testículos y ovarios calientes.

RECUADRO LOS RESPONSABLES

Este gobierno ha demostrado una habilidad increíble para transferirle la culpa por acciones antidemocráticas de su responsabilidad a la oposición. Así, de lo sucedido en Puente Llaguno, fotografiado “in fraganti”, no son responsables los que aparecen –pistola en mano- sino la oposición “golpista, fascista”. Ahora el CNE nos “asalta” y nos escamotea las firmas válidas suficientes para obligar a la convocatoria de un RR y el gobierno prepara el terreno para que se concluya que los responsables del fracaso son los de la oposición “tramposa y fraudulenta”.

Pendejos seríamos si permitiéramos que una vez más cargáramos con la culpa de “otros”, plenamente identificados. Que nadie se equivoque, comunidad internacional incluida. El gigantesco fraude lo van a cometer los tres rectores del CNE que responden a instrucciones del oficialismo.

El objetivo número uno de la oposición es convencer inequívocamente a los ciudadanos y a la comunidad internacional que las firmas necesarias para que se convoque a un RR están en el CNE. Copias de todas las actas y firmas, reposan en manos de la CD. Podemos demostrar en cualquier momento la existencia de 6 mil actas supuestamente “perdidas”. El número exacto de actas viciadas por errores de “cierre” (significativamente menor al alegado por el CNE). Y el hecho incontestable que, de no “reparar” las firmas asistidas (planas), sobrarían firmas para convocar al RR.

No caigamos de nuevo en la trampa. La unidad de la oposición sobre todas las variables que conforman el problema global, es muy difícil. Pero, por favor, no nos dividamos al establecer las conclusiones de lo obvio.

El único responsable de que no se le encuentre una salida electoral, constitucional y pacifica a la crisis, es el gobierno del presidente Chávez.

Ya esta bueno de autoflagelamiento.

E-mail: alberto_quiros@intercon.net.ve



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